El cantante de música urbana “El Sujeto”, decidió unirse bajo el vínculo del matrimonio la mañana de ayer con la joven menor de edad cuya madre puso una querella en contra del artista acusándolo de seducirla sexualmente, razón por la cual duró dos días preso y fu liberado bajo una garantía económica.
Al hablar de una menor, quedan bien establecidos los requisitos para que esta pueda casarse por lo civil y lo primero sería la autorización de los padres, ¿A caso la madre después de someter a la justicia se arrepintió y hasta la autorización para casarse le dio….,
En el aspecto legal, la ley establece bien claro que en los casos de menores de edad debe de presentar, acta de nacimiento del menor, Cédula de los padres, consentimiento de éstos, el cual puede ser otorgado al momento de la ceremonia de matrimonio o mediante acto auténtico o bajo firma privada debidamente legalizado, cuando el menor no ha cumplido los 16 años de edad y la menor no ha cumplido los 15, requieren de una dispensa de minoridad expedida por el Juez de Primera Instancia.
A falta de los padres, el consentimiento podrá ser otorgado por los abuelos. Si hay disentimiento entre el abuelo y la abuela de la misma línea, bastará el consentimiento del abuelo. Igualmente, si hay disentimiento entre las dos líneas el empate produce el consentimiento. A falta de los padres o de los abuelos o ante la imposibilidad de que éstos manifiesten su voluntad, el consentimiento deberá ser dado por el consejo de familia.

