Aumentan pena a menores entre 3 y 15 años, según modificaciones del codigo

REDACCION DELAZONAORIENTALNET

La Cámara de Diputados declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas la modificación del Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes o Código del Menor, que establece penas entre 3 y 15 años de reclusión para los menores que delinquen.

El proyecto modifica los artículos  223, 224, 279, 291, 296, 339, 340, 380 y suprime el 350 de la Ley 136-03, del 7 de agosto del 2003.

La pieza establece penas de entre 3 y 10 años de reclusión para los menores con edades entre los 13 y 15 años y aumenta la pena de 5 a 15 años de cárcel a aquellos  con edades entre 16 y 18 años.

Además, eleva de 10 a 30 días la investigación a los menores acusados de cometer los delitos de homicidio, lesiones físicas permanentes, agresión sexual, secuestro, robo agravado y distribución de drogas.

El artículo 380 indica que las penas se ejecutarán en centros de privación de libertad especiales para adolescentes, que serán diferentes a los destinados para la población penitenciaria adulta.

Igualmente, el artículo 339 dispone que la prisión será  materializada cuando el adolescente sea  declarado responsable por sentencia irrevocable por la comisión de los delitos señalados.

El artículo 224 dispone que cuando una persona alegue ser menor de edad, deberán hacerse las pruebas especializadas que permitan establecer su edad con exactitud.

Esa persona se considerará  menor de edad hasta que  se demuestre lo contrario.

El artículo 291 establece que la privación provisional de libertad, ordenada por un juez durante la investigación, tendrá una duración de cuatro meses y podrá prorrogarse exponiendo los motivos al juez de Niños, Niñas y Adolescentes.

Cuando el acusado es sorprendido en fragrante delito, las personas que realicen el apresamiento deben poner al apresado a disposición del Ministerio Público de inmediato.

También,  deberá presentar la acusación a más tardar dentro de los 30 días siguientes.

Durante una sesión, que se prolongó por varias horas, la legislación fue defendida por el proponente Teodoro Ursino Reyes, quien pidió que fuera declarada de urgencia.

El diputado Demóstenes Martínez,  presidente de la Comisión de Justicia, rindió un informe favorable al pleno.

Martínez dijo que previo a la elaboración del informe fueron consultados el Ministerio Publico y las Sociedad de Siquiatría y de Psicología.

La aprobación del proyecto en cuestión fue respaldada por el presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez.

El vocero del bloque de diputados del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC),  Ramón Rogelio Genao, dijo que la legislación aprobada es la que el país necesita y demanda.

En otro orden, el presidente del organismo congresual recomendó a la Comisión de Hacienda, que estudia el proyecto de tarjetas de crédito, que convoque a vistas públicas para escuchar  el parecer de diferentes sectores de la población sobre esa pieza.

La Cámara de Diputados declaró de urgencia y aprobó en segunda lectura el proyecto de ley  que declara  monumentos nacionales los ingenios  Diego Colón o de Duquesa, Diego Caballero, Cristóbal, ingenio Sanate y Francisco de Tapia, así como la Capilla de San Gregorio de Nigua.

Asimismo, aprobó en primera lectura el proyecto de ley del diputado José Alberto Vásquez Hernández,  que designa con el nombre de Juan Silvestre Peguero la escuela básica del barrio Villa Ortega, del municipio Hato Mayor del Rey, provincia Hato Mayor, entre otras iniciativas.

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